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Coronavirus: por ahora, la AFIP descarta prorrogar el pago de impuestos

Más allá del impacto en la economía del coronavirus, la AFIP descarta otorgar prórroga sobre los principales impuestos nacionales 

Fuente: iProfesional

Más allá del impacto en la economía de la pandemia del coronavirus, por ahora, la AFIP descarta otorgar prórroga sobre los principales impuestos nacionales (IVA, Ganancias y Bienes Personales, entre otros).

Por el momento, el fisco nacional implementó una prórroga de la moratoria impositiva y previsional hasta el 30 de junio, y extendió hasta el 30 de abril la fecha para efectuar la repatriación del 5% del total de los bienes en el exterior prevista para el período fiscal 2019.

Asimismo, se reconocerá una compensación económica, por trabajador afectado, de hasta el 100% de un salario mínimo vital y móvil (menos de 25 trabajadores), hasta el 75% de ese salario (entre 26 y 50 trabajadores) y hasta el 50% de ese indicador (entre 51 y 100 trabajadores). Para estos casos, si el empleador suspende la prestación laboral el monto de la asignación se reducirá en un 25% y podrá ser considerada como parte de la prestación no remunerativa.

Para firmas con más de 100 trabajadores, se establecerá un Repro por trabajador que irá de los $6000 a los $10.000 por cada uno de ellos.
Los mismos importes serán utilizados para la compensación por desempleo. Los empleadores que no superen los 60 trabajadores tendrán el beneficio de postergación de los vencimientos o una reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales en abril. 
 
 

César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados, hizo pública una serie de propuestas para que las empresas puedan gozar de alivios impositivos ante los efectos económicos de la crisis sanitaria, bajo la lógica de que es el momento de aliviar la presión impositiva para tratar de impulsar a la actividad económica, golpeada por la cuarentena.

A continuación, las 10 medidas de emergencia solicitadas:

1 - Postergación de todos los vencimientos impositivos y previsionales de Nación, Provincias y Municipios hasta el 31 de julio de este año, con condonación de intereses y sanciones.

2 - Ampliación del alcance de la actual moratoria a todos los contribuyentes (no solo para las pymes), extendiendo el plazo a las deudas vencidas al 31 de marzo próximo.

3 - Suspensión de las fiscalizaciones presenciales hasta el 30 de septiembre de 2020; solamente podrán ser efectuadas de manera remota.

4 - Ampliar el alcance de la repatriación de activos en el exterior a los efectos del impuesto sobre los Bienes Personales para ser destinados a la adquisición de inmuebles, de bienes de uso o donaciones a la Cruz Roja destinadas a equipamiento sanitario (respiradores , medicamentos, tecnología).

5 - Deducción especial en el Impuesto a las Ganancias de los sueldos totales abonados, equivalentes a: a) 300% para empresas que mantienen la nómina salarial; b) 200% para empresas que reducen solo el 10% de la nómina; c) 100% para empresas que reducen solo el 20% de la nómina.

6 - Permitir la deducción de las donaciones sin tope destinadas a fines sanitarios, hospitalarios, comedores y victimas del coronavirus.

7 - Establecer la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias de los bienes del activo fijo, en un solo ejercicio (excepto los automóviles).

8 - Aumento del mínimo no imponible de las contribuciones patronales, hasta $30.000 por cada trabajador.

9 - Permitir el cómputo del 100% del ajuste por inflación en un solo ejercicio fiscal.

10 - Aumento del mínimo no imponible de Ganancias para trabajadores solteros a $80.000, y para los casados con dos hijos a $100 mil. Equiparación de las deducciones personales con los autónomos.       

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